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miércoles, 22 de julio de 2009

Qué hacer ante una crisis epiléptica

Son súbitas, transitorias, recurrentes e impredecibles. Acostar a la persona afectada, mantener la calma y despejar el área para evitar golpes son algunas de las principales medidas básicas.

Las crisis constituyen la manifestación más frecuente de la epilepsia, una afección definida como un grupo de trastornos neurológicos crónicos que reflejan una disfunción cerebral subyacente. Durante estas convulsiones se producen interrupciones súbitas, transitorias, recurrentes e impredecibles del funcionamiento cerebral normal. Según la zona epileptógena, es decir del sitio de la corteza que da origen a la epilepsia, se pueden dar distintos tipos de crisis.
Si bien quienes conforman el círculo íntimo de una persona que padece la enfermedad conocen cómo actuar; debido al carácter imprevisible de estos episodios, es importante que la población sepa cómo proceder. Para esto, la Dra. Ana Carolina Lomlomdjian, neuróloga del Hospital Universitario Austral enumeró los pasos que es importante tomar para evitar complicaciones.
“Lo primero que hay que hacer es acostar a la persona –en lo posible de costado–, mantener la calma y procurar que ocurra lo mismo con las demás personas que rodean al afectado. Luego, es importante despejar el área de objetos peligrosos para evitar golpes. A este fin suele resultar útil colocar ropas o almohadas aplastadas debajo de la cabeza de la persona y no intentar sujetarla a ella ni a su boca o su lengua”, expresó.
“También se recomienda aflojarle las ropas para favorecer la respiración, permanecer al lado de la persona afectada hasta que la respiración se normalice y el episodio finalice –si es posible, registrar el tiempo y los síntomas, a fin de poder brindar datos que son claves para el diagnóstico– retirar comida o dentaduras postizas que puedan obstaculizar la respiración y, finalmente, en caso que fuera necesario, acompañar a la persona afectada a su casa”, agregó la Dra. Lomlomdjian.
En todos los casos es necesario comunicarse inmediatamente con el servicio de emergencias médicas, a menos que quien acompañe a la persona conozca la condición que está experimentando y que la crisis dure menos de uno o dos minutos.

Una ley para la epilepsia
Apuntalada por la Fundación de Epilepsia (FUNDEPI) y el Centro de Epilepsia, este año se reglamentó la Ley Nacional de Epilepsia (25.404), con su correspondiente Decreto (53). Impulsada hace diez años por la Dra. Silvia Kochen, jefa del Centro de Epilepsia de la División de Neurología del Hospital Ramos Mejia, la ley pretende, en primer lugar, garantizar a toda persona que padece epilepsia el pleno ejercicio de sus derechos, proscribiendo todo acto que la discrimine y disponiendo especiales medidas de protección relacionadas con su condición.
Los principales artículos incluyen que:

  • La epilepsia no será considerada un impedimento para la postulación, el ingreso y desempeño laboral.
  • Todo paciente epiléptico tiene derecho a acceder a la educación en sus distintos niveles sin limitación alguna que reconozca como origen su enfermedad.
  • El paciente epiléptico tiene derecho a recibir asistencia médica integral y oportuna, con todos los adelantos tecnológicos disponibles.
  • La epilepsia no será considerada de por sí como enfermedad que acrecienta el riesgo de siniestralidad en lo que se refiere a los servicios que brindan las entidades aseguradoras de vida y/o de salud.
  • Contactos
    Dra. Ana Carolina Lomlomdjian
    Especialista a cargo del servicio de Neurología
    Hospital Universitario Austral
    ALOMLOMD@cas.austral.edu.ar

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